La optatividad en la legislación
En el R.D. 1007/91 por el que se establecen las enseñanzas mínimas para todo el Estado, correspondientes a la ESO, se señala en el art. 5 que además de las áreas comunes, el currículum comprenderá materias optativas que tendrán mayor horario lectivo al final de la etapa. En el art. 6 se prescriben las materias optativas de oferta obligada para los centros: un segundo idioma para toda la etapa y la cultura clásica en un curso, al menos, del 2º ciclo.
En el preámbulo del R.D. 1345/91, por el que se establece el currículum de la ESO para el ámbito d…